Siguiendo los requisitos de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990 ("ADA") y la Ley de Enmiendas de la ADA de 2008, la Ciudad de Boulder no discriminará a las personas con discapacidades por motivos de discapacidad en sus servicios, programas, actividades o empleo.

Igualdad de Oportunidades y No Discriminación

Empleo: La ciudad de Boulder no discrimina por motivos de discapacidad en sus prácticas de contratación o empleo. La Ciudad cumple con todas las regulaciones impulsadas por la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo de Estados Unidos bajo el título I de la ADA.

Comunicación efectiva: La ciudad de Boulder previa solicitud, proporcionará ayudas y servicios adecuados que conduzcan a una comunicación efectiva para personas calificadas con discapacidades para que puedan participar equitativamente en los programas, servicios y actividades de la Ciudad. Los ejemplos incluyen intérpretes calificados de lengua de señas, documentos en Braille, CART y otras formas de hacer que la información y las comunicaciones sean accesibles para las personas con discapacidades. Para solicitar una ayuda o servicio para una comunicación efectiva, comuníquese con el Coordinador ADA lo antes posible, pero con no menos de 48 horas hábiles de anticipación.

Coordinador ADA, Ciudad de Boulder
accesibilidad@bouldercolorado.gov
720-576-2506
1136 avenida alpina.
Boulder, CO 80304

Accesibilidad digital

Estamos haciendo todo lo posible para garantizar que la información disponible sobre la ciudad de Boulder El sitio web y otros servicios digitales son accesibles para todos. Nuestro objetivo es ofrecer una experiencia web que alcance la conformidad con el “Nivel A” y el “Nivel AA” de acuerdo con las Pautas de accesibilidad al contenido web v2.2 (WCAG 2.2).

Para garantizar una experiencia de usuario perfecta para todos nuestros usuarios, nuestros esfuerzos actuales se centran en ofrecer experiencias digitales que funcionen para todos los usuarios en todas las circunstancias. Este es un viaje con el que siempre estaremos comprometidos, ya que valoramos a cada visitante que se toma el tiempo para visitar nuestro sitio web.

Somos conscientes de algunas áreas del sitio web donde podríamos mejorar la accesibilidad y agradecemos su paciencia mientras trabajamos para resolver cualquier problema.

Contáctenos con hallazgos y mejoras

Si tiene algún problema con bouldercolorado.gov, comuníquese con nosotros y nos pondremos en contacto con usted en breve para asegurarnos de que se satisfagan sus necesidades. Sería útil si puede ser lo más específico posible al describir la información que busca o el problema que encontró. Nos aseguraremos de que se tomen las medidas adecuadas para que el problema no se vuelva a encontrar en el futuro.

Siempre estamos abiertos a sugerencias de mejora. Gracias por su apoyo a la Ciudad de Boulder.

Coordinador ADA, Ciudad de Boulder
accesibilidad@bouldercolorado.gov
720-576-2506
1136 avenida alpina.
Boulder, CO 80304

Procedimiento de quejas según la Ley de Estadounidenses con Discapacidades

Este Procedimiento de Quejas se establece para cumplir con los requisitos de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990 ("ADA") y las Leyes de Enmienda de 2008. Puede ser utilizado por cualquier persona que desee presentar una queja alegando discriminación por motivos de discapacidad en la disposición de servicios, actividades o programas por parte de la Ciudad de Boulder. Comuníquese directamente con el Coordinador de ADA o consulte Recursos Humanos para quejas de discriminación por discapacidad relacionadas con el empleo.

La queja debe realizarse por escrito, seguir los pasos a continuación y contener información sobre la supuesta discriminación, como nombre, dirección, número de teléfono del demandante y ubicación, fecha y descripción del problema. Se pondrán a disposición de las personas con discapacidad, previa solicitud, medios alternativos para presentar quejas, como entrevistas personales o una grabación de la queja:

Coordinador ADA, Ciudad de Boulder
accesibilidad@bouldercolorado.gov
PO Box 791
Boulder, Colorado 80306

Procedimiento agraviado

Antes de presentar una queja

Una persona que cree que ha sido discriminada por motivos de discapacidad en la prestación de servicios, actividades o programas por parte de la Ciudad de Boulder Si es posible, debe intentar resolver el problema localmente con el director o supervisor del programa o servicio. Si este intento informal de resolución no tiene éxito, el demandante deberá seguir los pasos a continuación.

Las quejas de la ADA deben presentarse dentro de los 60 días calendario posteriores a la supuesta discriminación.

Formulario de reclamo

Complete la información solicitada en el Formulario de queja del Título II de la ADA. Esto se puede completar en línea. Si el demandante necesita una adaptación razonable para comunicar su queja, como un intérprete, escribano o un formato alternativo, comuníquese directamente con el Coordinador de ADA para organizar una adaptación para una comunicación efectiva.

Coordinador ADA, Ciudad de Boulder
accesibilidad@bouldercolorado.gov
PO Box 791
Boulder, Colorado 80306

Investigación

Dentro de los 15 días calendario posteriores a la recepción de la queja, el Coordinador de la ADA o su designado se reunirá con el demandante en persona, por teléfono o virtualmente para discutir la queja. Si la queja involucra una supuesta mala conducta por parte del Coordinador de ADA, el Gerente de Riesgos actuará como investigador.

Respuesta

Dentro de los 30 días calendario posteriores a la reunión, el Coordinador de ADA o su designado responderá a la queja por escrito y, cuando corresponda, en un formato accesible para el demandante.

Apelar

Si el denunciante no está satisfecho con la respuesta escrita, podrá presentar una apelación por escrito ante el Gerente de Riesgos, a más tardar 30 días a partir de la fecha de envío de la respuesta. La apelación debe contener una declaración de los motivos por los cuales el demandante no está satisfecho con la respuesta escrita. El Gerente de Riesgos o su designado actuará sobre la apelación a más tardar 60 días después de su recepción, y se enviará una copia de la respuesta escrita al reclamante a más tardar cinco días después de la preparación de la decisión. La decisión del revisor de la apelación será definitiva.

Todas las quejas por escrito recibidas por el Coordinador de ADA o su designado, las apelaciones al Gerente de Riesgos o su designado y las respuestas de estas dos oficinas se conservarán durante al menos tres años.

Formulario de queja del Título II de la ADA
Información de contacto:
Coordinador ADA
accesibilidad@bouldercolorado.gov
PO Box 791
Boulder, Colorado 80306