Las cercas de menos de 7 metros de altura están exentas de los requisitos de permiso de construcción. Sin embargo, si la cerca se ubicará en una llanura aluvial, un humedal, o se construirá en un distrito histórico o en una propiedad designada como monumento histórico, se requieren otros trámites antes de su construcción.
- A permiso de urbanización de llanuras aluviales se requiere para cercas nuevas y de reemplazo en la llanura aluvial.
- A permiso de humedal Se requiere para cercas nuevas y de reemplazo en un humedal.
- A certificado de alteración histórica se requiere construir o alterar cercas construidas en un Distrito Histórico o en una propiedad designada como un hito individual.
Requisitos de aplicacion
- Plano del sitio (dibujado a escala)
- flecha norte
- Líneas de propiedad
- Ubicación de calles públicas y aceras
- Ubicar dentro del límite de la propiedad y a un mínimo de 18 pulgadas de cualquier acera pública.
- Debe mantener un radio de espacio libre de 10 pies alrededor de todos los hidrantes contra incendios por DCS 5.10(A)(5).
- Debe cumplir con BRC 1981 8-6-8(c) si se encuentra en una servidumbre.
- Detalles de construcción (dibujados a escala)
- No puede tener púas ni puntas afiladas ni estar cargado eléctricamente.
- El área máxima de material de cercado sólido entre postes no debe exceder los 30 pies cuadrados a menos que esté diseñado por BRC 1981 10-5-2(mm) Sección 9902.
- Los muros de contención de más de 3 pies de altura total (medida desde la parte superior del muro hasta la parte inferior del pie de página) y los muros de contención de cualquier altura ubicados en pendientes del 15 por ciento o más deben ser diseñados por un ingeniero autorizado de Colorado.
- Debe mantener un mínimo de 3 pies de acceso sin restricciones en tres lados del pozo del medidor de agua y debe estar al menos 1 pie detrás del medidor en propiedad privada.
- No puede obstruir el triángulo visual de las vías públicas que se intersecan ni el acceso a la calle.
- Las cercas ubicadas directamente en el límite de la propiedad deben incluir un acuerdo notariado con el vecino afectado, registrado en el Boulder Oficina del Secretario y Registrador del Condado.
- Los postes se colocarán en hormigón a un mínimo de 24 pulgadas por debajo del nivel del suelo.
- Los postes deberán ser de madera de un mínimo de 4" x 4" (nominal), aprobada para contacto con el suelo o con resistencia natural a la descomposición. Los postes para cercas de malla metálica deberán tener un diámetro mínimo de 1-1/2 pulgadas.
- Identificar materiales y longitud total.