La Boulder El Código revisado define participar en negocios en la ciudad como: realizar o proporcionar servicios, o vender, arrendar, alquilar, entregar o instalar propiedad personal tangible para almacenamiento, uso o consumo dentro de la ciudad.
Participar en negocios en la ciudad incluye, sin limitación, cualquiera de las siguientes actividades por parte de una persona:
- (a) Directamente, indirectamente o por una subsidiaria, el mantenimiento de un edificio, tienda, oficina, sala de ventas, almacén u otro lugar de negocios dentro de la ciudad;
- (b) Enviar uno o más empleados, agentes o vendedores comisionados a la ciudad para solicitar negocios o para instalar, ensamblar, reparar, dar servicio o ayudar en el uso de sus productos, o para demostración, o por cualquier otra razón;
- (c) Mantener a uno o más empleados, agentes o vendedores comisionados de servicio en un lugar dentro de la ciudad;
- (d) Poseer, arrendar, alquilar o ejercer control sobre bienes inmuebles o muebles dentro de la ciudad; o
- (e) Realizar más de una entrega en la ciudad dentro de un período de doce meses por cualquier medio que no sea un transporte público. '
- (f) Quien sea un minorista o vendedor en el estado de Colorado que realice más de una entrega a la ciudad dentro de un período de doce meses; o
- (g) Hacer que las ventas minoristas sean suficientes para cumplir los requisitos de definición de nexo.
La Boulder El Código revisado define Persona como:
“Una persona física, corporación, firma, sociedad, asociación, organización y cualquier otro grupo que actúe como una unidad, así como los individuos. También incluye un albacea, administrador, fiduciario, síndico u otro representante designado de acuerdo con la ley. Siempre que se use la palabra persona en cualquier disposición de este código que prescriba una sanción o multa en cuanto a sociedades o asociaciones, la palabra incluye a los socios o miembros de las mismas, y en lo que respecta a las corporaciones, incluye a los funcionarios, agentes o miembros de las mismas que son responsables de cualquier violación de dicha sección. Persona incluye tanto el plural como el singular ". (1-2-1 - BRC, 1981)